Levítico 25:31
וּבָתֵּי הַחֲצֵרִים אֲשֶׁר אֵין־לָהֶם חֹמָה סָבִיב עַל־שְׂדֵה הָאָרֶץ יֵחָשֵׁב גְּאֻלָּה תִּהְיֶה־לּוֹ וּבַיֹּבֵל יֵצֵֽא׃
✦ Interlineal hebreo
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✦ El mismo versículo en cinco lenguas
וּבָתֵּ֣י הַחֲצֵרִ֗ים אֲשֶׁ֨ר אֵין־לָהֶ֤ם חֹמָה֙ סָבִ֔יב עַל־שְׂדֵ֥ה הָאָ֖רֶץ יֵחָשֵׁ֑ב גְּאֻלָּה֙ תִּהְיֶה־לּ֔וֹ וּבַיֹּבֵ֖ל יֵצֵֽא׃
αἱ δὲ οἰκίαι αἱ ἐν ἐπαύλεσιν, αἷς οὐκ ἐστιν ἐν αὐταῖς τεῖχος κύκλῳ, πρὸς τὸν ἀγρὸν τῆς γῆς λογισθήτωσαν· λυτρωταὶ διὰ παντὸς ἔσονται, καὶ ἐν τῇ ἀφέσει ἐξελεύσονται.
Texto griego de la edición Swete, CC BY-SA 4.0
Latín (Vulgata)
Sin autem in villa domus, quæ muros non habet, agrorum jure vendetur: si ante redempta non fuerit, in jubilæo revertetur ad dominum.
Sin embargo, las casas en las aldeas que no tienen murallas se considerarán igual que los campos abiertos; podrán ser rescatadas y quedarán libres en el año de jubileo.
Español clásico (Reina-Valera 1909)
Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como una haza de tierra: tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
But houses in villages with no walls around them are to be considered as open fields. They may be redeemed, and they shall be released in the Jubilee.
✦ Qué dice el texto
Resumen
El versículo establece que las casas ubicadas en aldeas sin muro que las rodee se consideran jurídicamente equivalentes a un campo abierto. A diferencia de las casas amuralladas (tratadas en el versículo anterior), estas conservan el derecho de redención en cualquier momento y, además, salen libres en el jubileo.
Palabras clave
- chatzerim («aldea», H2691B) — sustantivo masculino plural: designa asentamientos abiertos, sin fortificación, en contraste con las ciudades amuralladas del contexto precedente.
- jomah («muro», H2346G) — sustantivo femenino singular: la ausencia de este elemento ('ein... jomah, «no hay... muro») es la condición legal que activa la regla de este versículo.
- yechashev («idear/contar», H2803H) — verbo nifal imperfecto: la forma pasiva indica que la casa «es considerada/contada» como campo, una equiparación jurídica hecha por otro agente, no una acción de la casa misma.
- ge'ulah («redención», H1353) — sustantivo femenino singular, sujeto de la oración nominal «redención será para él» (ge'ulah tihyeh lo), expresando la existencia permanente de ese derecho.
- yovel («jubileo/cuerno», H3104) — sustantivo masculino singular: marca el punto temporal en que opera la salida (yetze') sin condición adicional.
Lo que dice el texto
La frase se organiza en tres cláusulas verbales encadenadas. La primera, yechashev («será contado/considerado», nifal imperfecto), establece el estatus legal: las casas de las aldeas sin muro (chatzerim... 'asher 'ein lahem jomah saviv, «aldeas que no tienen muro alrededor») se cuentan «sobre el campo de la tierra» ('al-sedeh ha'aretz), es decir, se equiparan a terreno agrícola abierto. El uso del nifal —forma pasiva— indica que la casa no actúa, sino que es objeto de una calificación jurídica externa.
La segunda cláusula, ge'ulah tihyeh lo («redención habrá para él», qal imperfecto de hayah), es una oración nominal con verbo copulativo: afirma la existencia continua del derecho de rescate, sin especificar plazo, a diferencia de lo que ocurre con las casas amuralladas en versículos cercanos. La tercera cláusula, uvayovel yetze' («y en el jubileo saldrá», qal imperfecto de yatza'), añade una segunda vía de liberación: independientemente de si se ejerció o no la redención, la propiedad queda libre al llegar el jubileo. El sufijo pronominal en lo («para él/de él») remite gramaticalmente a la casa (bayit, forma constructa batei), tratada como el referente singular pese a la construcción plural inicial.
Divergencias entre versiones
La LXX traduce ge'ulah tihyeh lo («redención será para él») como lytrōtai dia pantos esontai («serán redimibles perpetuamente/en todo momento»), explicitando con dia pantos («siempre») una continuidad temporal que el hebreo deja implícita en la forma verbal simple. La Vulgata, en cambio, introduce una condición no presente en el texto hebreo: si ante redempta non fuerit, in jubilæo revertetur ad dominum («si antes no hubiere sido redimida, en el jubileo volverá al dueño»), formulando como cláusula condicional lo que el hebreo (uvayovel yetze', «y en el jubileo saldrá») presenta como una consecuencia temporal directa sin marcador condicional explícito.
Esta explicación describe el texto con datos lingüísticos; no añade doctrina ni interpretación confesional.